En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA al Ministerio Público LA PRÓRROGA contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del vencimiento de los treinta (30) iniciales, el cual comenzará a correr desde el día 14 de Noviembre de 2012, con respecto al imputado DICK ALBERT LOPEZ VILLASMIL, de 33 años de edad, nacido el 26-7-1978, de ocupación obrero, grado de instrucción 4 año de bachillerato, domiciliado en Maracaibo, sector Altos de Jalisco, calle N, casa 6-45, Maracaibo, estado Zulia, hijo de Juan López y María Villasmil., por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano en perjuicio de los ciudadanos William Cardozo y Leslie López, a los fines de que concluya la investigación a los efectos de presentar el acto conclusivo que cor.....