Por las razones anteriormente expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el presente recurso de apelación, interpuesto por la Fiscalía del Ministerio Público contra la sentencia ABSOLUTORIA dictada a favor del procesado HENRY CHIRINOS REYES, por el tantas veces mencionado Despacho Judicial.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio, donde se absuelve al procesado HENRY CHIRINOS REYES.
Notifíquese a las partes. Líbrense boletas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones a los 09 días del mes de junio de 2003. 192° de la Independencia y 144 de la Federación.
RANGEL ALEXANDER MONTES MARLENE J MARIN DE PEROZO
JUEZ PRESIDENTE JUEZA PONENTE
GLENDA OVIEDO RAN.....