este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: DECRETAR LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA LIBERTAD ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 256, ORDINALES 3° Y 4°, consistentes en presentación por ante este Tribunal, cada ocho (8) días y la prohibición de salida del Estado Falcón sin la Autorización expresa por escrito de este Tribunal, al ciudadano WILLING ANDRIS YANEZ GONZALEZ, portador de la cédula de identidad Nº V-24.623.924, de 20 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 08-11-1990, de profesión u oficio vigilante, residenciado en la Urbanización Los Medanos, Segunda Entrada Vereda N° 06, Manzana 06, casa N° 15, Coro Estado Falcón; a quien se le sigue el presente asunto Penal signado con el N° IP01-P-2011-004405, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 d.....