este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE CONDENA por el procedimiento por admisión de los hechos al Ciudadano FIDEL RAMÓN ROMERO ROSILLO, venezolano, 65 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 961100 fecha de nacimiento, 23-03-1951, lugar de nacimiento Tupure estado Falco, estado civil Soltero, profesión u oficio obrero, domicilio La Ciénega, del Municipio Democracia, Finca la Ciénega, estado Falcón, número de teléfono no posee, actualmente recluido en la Comunidad Penitenciaria de Coro, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES Y ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio del Adolescente A.J.R.M (IDENTIDAD OMITIDA), con las circunstancias agrava.....