este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Decreta Con Lugar la Solicitud Fiscal e impone al Ciudadano ARMANDO GARCÌA BRAVO, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, conforme a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación cada treinta (30) días ante el Comando Policial de Pueblo Nuevo de la Sierra, Municipio Petit, del estado Falcón, por considerarlo incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. Asimismo se decreta la aplicación del procedimiento Ordinario conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se acuerda su remisión a la Fiscalía de Origen dentro del lapso de Ley.