Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por cumplimiento de Obligación con motivo de la Suspensión condicional del proceso seguida a las ciudadanas: ANAIS NACARID VERA, venezolana, soltera, de edad 36 años titular de la cedula de identidad, Nº 14.027.912, de fecha de nacimiento 11-08-1978 residencia: Urbanización Cruz Verde, calle 15, sector 8, casa 8, frente a la licorería Macgregor, Municipio Miranda, Estado Falcón, de profesión Docencia, Teléfono 0412.653.38.13. y ELIZABETH CHIRINOS, venezolana, soltera, de edad 39 años, titular de la cedula de identidad Nº 14.028.382, fecha de nacimiento 22-05-1975, de profesión Licenciada en Enfermería, residencia: sector zumurrucuare, calle principal, diagonal al Colegio de monjas Maria Bosco, teléfono 0424.614.53.25, quienes fueron imputadas por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES previsto en el artículo 41.....