En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la regulación de competencia planteada por el ciudadano LUIS MARIA PEÑA PLAZA, en su carácter de Presidente de la junta administrativa de la asociación civil FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA., asistido del abogado Wilme Pereira Arcaya, contra la sentencia del 20 de enero de 2003, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Coro, con motivo del juicio que por cumplimiento de contrato intentaran los ciudadanos JOSE ANTONIO CABRERA VELASQUEZ y ENEYDA TORRES de CABRERA, contra la recurrente, conforme a lo establecido en esta decisión.
SEGUNDO: Se declara competente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Me.....