este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 87 ordinal 5º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, decreta a favor de la víctima e impone al imputado JOSÉ LIBORIO YAMARTE, ampliamente identificado, la prohibición de acercarse a la ciudadana María Gómez, en el lugar donde ella se encuentre, esto es, lugar de residencia, estudio, esparcimiento, trabajo, etc, medida de protección y seguridad, proporcional, adecuada y racional para garantizar la integridad física, psicológica y patrimonial de la mujer agredida. SEGUNDO: Se ACOGE la precalificación dada a los hechos, esto es, AMENAZAS, previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Ordena la aplicación del procedimiento especial previsto en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.....