esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Inadmisible por cese de agravio, la acción de amparo constitucional presentada por los abogados PEDRO J. GUANIPA PEREZ y JOSE GRATEROL NAVARRO, actuando como Defensores Privados del ciudadano WILLYS RAMON GONZALEZ GARCIA, imputado de autos, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE NIÑOS, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, a quien se le sigue Causa por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo y ejercido dicho amparo contra las presuntas Omisiones y la denegación de justicia por parte del referido Tribunal, al no realizar el tramite respectivo y.....