Todas las consideraciones anteriores permiten a esta Alzada DECLARAR ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el Defensor Público Cuarto Penal, del imputado JESÚS ÁVILA y JESÚS GOITÍA contra el Auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que declaró NEGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, solicitado por dicha Defensa. Así se decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, En Santa Ana de Coro, a los _____ días del mes de Mayo de 2003. 192° de la Independencia y 144° de la Federación.
Jueces,
RANGEL MONTES CHIRINOS MARLENE MARÍN DE PEROZO
JUEZ PRESIDENTE JUEZA PONENTE
GLENDA OVIEDO RANGEL
JUEZA JENNY OVIOL RIVERO
.....