Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
ADMISIBLE el Recurso de Apelación incoado por la abogada Enis Tarifa Pradilla, Fiscal Auxiliar Décima Cuarta del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de Marzo del presente año, por el Juzgado Segundo de Control auto dictado en fecha 25 Marzo de 2004, el cual decretó Libertad Plena al ciudadano Márquez Freddy Antonio.
Esta Corte se reserva decidir sobre el fondo del asunto dentro de los 10 días siguientes a la publicación de este auto de admisión.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
La Presidente,
MARLENE MARIN DE PEROZO
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