Este Tribunal de Conformidad con lo Establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastantes y Suficientes dichas Actuaciones, para Asegurarle a la Ciudadana MAILU CECILIA GONZALEZ SANCHEZ, plenamente identificada, sus Derechos de Propiedad de la Bienhechuria (casa), construida sobre la parcela de terreno antes descrita, las cuales presentan las siguientes características: La casa posee bases y estructura para techado de platabanda, paredes de bloques, techo de acerolit y cielo raso, piso de cemento a excepción de las salas sanitarias que tienen paredes y pisos revestidas con cerámicas, puertas y ventanas fabricadas de hierro forjado y vidrio y esta compuesta de un (01) porche, cercado con bloques y rejas y techo de platabanda, una (01) sala de recibo, una (01) cocina- come.....