En fuerza de los anteriores razonamientos este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la abogada Disbeily Castillejo, matricula Nº 121.642, en su carácter de apoderada de DISTRIBUIDORA DE TUBOS FALCON, C.A., (DISTUFALCA), domiciliada en la ciudad de Punto Fijo municipio Carirubana del Estado Falcón, e inscrita el 26 de julio de 2005, ante el Registro Mercantil Segundo de Punto Fijo municipio Carirubana del Estado Falcón, bajo el Nº 29, tomo 23-A, de los Libro de Registro de Comercio respectivos, contra la sentencia de fecha 29 de julio de 2008, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, y mediante la cual, declaró sin lugar la demanda que por cobro de bolívares por vía intimatoria intentara la apelante, contra RIVERO HERNANDEZ C.A. (RIHERCA), de igual .....