Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Primero: Conforme a lo dispuesto en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JAIRO JOSE VELASCO LINARES, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia Estado Carabobo, el 20/10/1990 de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.795.505, estado civil soltero, de ocupación u oficio Para Medico, hijo, Domiciliado en la Avenida Jacinto Lara, sector 02, frente de seguro Mercantil, casa Nº 27 de Color Verde teléfono 0412-514-56-92 por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el articulo 259 y 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y .....