Es por lo que en consecuencia éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley, acuerda de conformidad con lo solicitado a la Desestimación de la Investigación en el asunto penal N°. 11-F6-00519-99, y donde aparecen como imputados los ciudadanos: RICHARD JOSÉ PEROZO JANEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N°. V-11.607.744 Y GABRIEL JOSÉ RUÍZ CRÚZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N°. V-14.226.824, y como victima el ciudadano: ANGEL MANUEL, GONZÁLEZ PÉREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.516.068, en virtud de que los hechos plasmados en ella pertenecen indudablemente a un tipo penal sustantivo de instancia privada, a tenor de lo preceptuado en el único aparte del articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide. Se ordena la remisión de todas las actuaciones contentivas del pres.....