En caso de autos, visto el acuerdo que pone fin al procedimiento, se le dá el carácter de cosa Juzgada y el Tribunal administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con los Artículos 263 del Código de Procedimiento Civil y 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. El Acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos: La ciudadana Marisela García por motivos de trabajo, estará residenciada en Coro y se llevará a dos de sus niños: Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, viajará cada quince (15) días y el padre verá a los niños el fin de semana, los otros niños, Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, estarán bajo el cuidado de la abuela materna, y el padre los verá los días viernes, sábado y domingo. Los padres se comprometen a velar por la integridad psíquica, física de los niños a su ca.....