Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE, LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, presentada por el ciudadano RAMÓN JOSÉ CASTILLO BARRIENTOS, titular de la cédula de identidad Nº V-10.135.697, asistido por la abogada YOLITZA FLORENTINA BRACHO PACHECO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.658, contra la CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CACIQUE MANAURE DEL ESTADO FALCÓN, ello con fundamento en lo explanado en la motiva del presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil diecisé.....