Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: al Ciudadano ISAAC ERNESTO CABRERA PINTO, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, fecha de nacimiento, de 02/11/1991, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.010.662, estado civil soltero, de ocupación u oficio albañil y domiciliado en sector universitario, Francisco de Miranda I, calla paraguana, casa si numero, de color verde y amarillo, la primera cuadra después de la avenida, de la ciudad de Punto fijo Estado Falcón, la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, de conformidad con lo establecido en los Artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del Delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano. SEGUNDO: Se.....