Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio, conforme a la sentencia Nº 1070 dictada por la Sala Constitucional en fecha nueve (09) de diciembre de 2016, en concordancia con el artículo 185 del Código Civil, y sentencia Nº 136 de la Sala de Casación Civil, de fecha 30 de Marzo de 2017, presentada por los (as) ciudadanos (as): OMARLIGS STEPHANY GALICIA DIAZ, Venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro. V-20.296.633, y el ciu.....