EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS DEMOCRACIA Y URUMACO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Y EN ATENCIÓN A LA RESOLUCIÓN NRO. 2009-006, DE FECHA 18-03-09, EMANADO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, declara: CON LUGAR, la solicitud de divorcio interpuesta por los Ciudadanos: LUIZIANA NINOSKA HERNANDEZ Y JERRY JOSÉ GÓMEZ LEAL, venezolanos mayores de edad, cónyuges, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-16.943.787 Y V-14.654.518 respectivamente, domiciliados en la población de Mide, parroquia Bruzual, del municipio Urumaco del estado Falcón y debidamente asistido por el abogado en ejercicio de tránsito en la población de Pedregal: LUIS MANUEL HERNANDEZ NAVARRO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro.154.265, y en consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraidos por ellos en fecha 27 de mayo del año 2002, por ante el Consejo Municipal de Pedregal el est.....