En merito a las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Tribunal, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer y decidir sobre la solicitud de Entrega de vehiculo Automotor, presentada por el ciudadano: GREGORIO JESÚS ZARRAGA ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.763.663, domiciliado en el Sector Creolandia, Municipio Los Taques, Estado Falcón, obrando como apoderado del ciudadano JUAN ANTONIO GAUNA BORGES, titular de la cédula de identidad N° V- 17.667.259, según consta de documento poder autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de Punto Fijo, Estado Falcón, asentado bajo el N° 26, tomo 93, folios 96 al 98, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Avilio Antonio González Weffer, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 19.237, en razón de la MATERIA, por escaparse de la esfera de su conocimiento la fase de Ejecución de Medidas en .....