esta Corte de Apelaciones, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MIGUEL ALBERTO HERNANDEZ BELLO, Venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-10.971.472, imputado de autos en el asunto penal Nro IJ11-P-2017-000016, contra el auto publicado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Punto Fijo, en fecha 31 de Mayo de 2017, en la que se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado de autos, por la presunta comisión de los delitos TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN A MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 37, 27, 28 y 29 de la Ley Contra la Delin.....