esta Sala de la Corte de Apelaciones del estado Falcón, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la Dirección de la Comunidad Penitenciaria de Coro, adscrita al Ministerio del Popular para Asuntos Penitenciarios, a favor del penado EDGARDO ENRIQUE RIVERO, contra la sentencia publicada en fecha 07 de Mayo del año 2012, por el Juzgado Tercero en funciones de Control, mediante la cual lo condenó por el procedimiento de admisión de los hechos, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, conforme a lo dispuesto en el literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal.