DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la acción por COBRO DE BOLIVARES por el procedimiento monitorio, incoada por el la Ciudadana: ROSARIO MAMMANA, en contra de la Ciudadana: YURIMA MARVAL de BRACHO, de conformidad con los artículos 410 y 411 del Código de Comercio.
Se suspende la medida preventiva de embargo, decretada en fecha 13 de octubre de 2003.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Anéxese la presente decisión al expediente y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto F.....