Ahora bien, por cuanto el Tribunal observa que dicha demanda no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o/a alguna disposición expresa de la Ley; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE la presente demanda.
En consecuencia se ordena citar mediante compulsa a las Asociaciones Mercantiles SERVICIOS Y SUMINISTROS RIO Y MAR, C.A., ente societario inscrito en la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 19 de mayo de 1989, bajo el N° 87, Tomo N, y PRODUCTOS OCCIDENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA "PROCCISA", ente Mercantil inscrito en la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 18 de enero de 1994, bajo el N° 1, Tomo 1-A, en la persona de su Presidente ciudadano MIGUEL RAFAEL TREMONT GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-7.491.782, en la siguiente dirección Prolonga.....