PARTE DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS CIUDADANOS MIRIAM SORAYA QUIÑONES PETIT y FRANCISCO JAVIER BORREGALES LUGO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.310.599 y V-11.764.681, respectivamente, con la consiguiente disolución del Vínculo Matrimonial contraído en fecha 28 de marzo de 2008, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Carirubana, Municipio Carirubana del Estado Falcón, y con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedará disuelto el matrimonio cesando la comunidad entre los cónyuges.
Cúmplase lo ordenado.
PUBLIQ.....