Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente al MANUEL FELIPE DE GOUVEIA NUNES, titular de la cedula de identidad Nº V-6.890.606, padre de los hermanos (se omite nombre), de quince (15) y tres (03) años de edad, para que en nombre de éstos, los represente en el cobro del dinero ante la Compañía de Seguros Caracas de Liberty Mutual C.A, y ante cualquier otro ente público o privado en el cual existan beneficios y cualquier cantidad de dinero que tuviera depositada en entidades financieras, y acreencias a favor de los niños, antes mencionados, en virtud de la muerte de su madre, la ciudadana LINDA VERONICA GUARECUCO GOITIA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.968.798, fallecida en fecha 15 de .....