este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 256.9 del Código Orgánico Procesal Penal, impone al ciudadano DANIEL TORRES MEDINA, ampliamente identificado en autos, de la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 256.9 del Código Orgánico Procesal Penal, que consiste en la Prohibición de ejercer o ejecutar cualquier acto que vaya en detrimento, desmedro o perjuicio del Parque Nacional "Medanos de Coro", todo en relación al artículo 253 eiusdem. SEGUNDO: Se acoge la precalificación dada a los hechos, es decir, ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES , previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en relación con el artículo 8 eiusdem, en armonía al Decreto N° 667, de fecha 10 de Mayo del año 1995 "Plan de Ordenamiento y uso del Parque Nacional Medanos de Coro". TERCERO: Se ordena la aplicación del procedimiento.....