En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones ejercidas por los abogados Eylin Reyes y Félix Padilla, en su carácter de apoderados de la parte demandante y demandada, respectivamente, mediante diligencias de fechas 26 de enero y 3 de febrero de 2011 respectivamente.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 26 de enero de 2011, y el auto de fecha 3 de febrero de 2011, dictados por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de a Circunscripción Judicial del estado Falcón, con motivo del juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoado por la sociedad mercantil INTERNOS DE TORRES, C.A., contra CONSORCIO PARAGUANÁ.
TERCERO: Se.....