este Tribunal Quinto de control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: con lugar la SOLICITUD DE ENTREGA EN GUARDA Y CUSTODIA del vehículo interpuesta por el ciudadano TULIO ROBERTO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.576.184, inscrito en el instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro. 69.545, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad mercantil MEDEL C.A, cuyo presidente es el ciudadano DELFIN SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad nro. 2.742.129. SEGUNDO: Se ordena la entrega en guarda y custodia al ciudadano DELFIN SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad nro. 2.742.129, el vehículo signado con las siguientes características: CLASE CAMION, MARCA MACK, MODELO R609PV, AÑO 1980, COLOR: ROJO, TIPO CHUTO, PLACAS: 76C-ABB, SERIAL DEL MOTOR: T676-9S2443, SERIAL CARROCERIA: R609PV31449, SERIAL DE CHASIS.....