Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
INADMISIBLE, la recusación interpuesto por el abogado Cruz Alejandro Graterol Roque, en fecha 26 de Enero de 2004, en su condición de Defensor del ciudadano Nerio Piña, en la causa seguida con el Nº IP01-S-2004-000046, en contra de la Juez Segundo de Control Abg. Yanys Matheus Suárez.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
La Presidente,
MARLENE MARIN DE PEROZO
MAGISTRADA TITULAR
RANGEL ALEXANDER MONTES ZENNLY URDANETA
PONENTE MAGISTRADO MAGISTRADO SUPLENTE
La Secretaria,
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