DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia, declara: ALEXIS JOSÉ COLINA GOITIA y ZENAIDA NOHEMY LEÓN MARÍN, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 12.495.884 y V- 13.890.860, respectivamente, asistidos por el Abogado PEDRO PABLO CHIRINOS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 37.639.
Con la consiguiente disolución del Vínculo Matrimonial contraído en fecha en fecha 26 de diciembre de 1998, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Norte, Municipio Carirubana del Estado Falcón, y con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedará disuelto el matrimonio cesando la comunidad entre los cónyuges.
Anéxese a la pieza p.....