esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSE LUIS RIVERO, procediendo en este acto como Defensor Publico del ciudadano DITXON JOSE PERNALETE DIAZ, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 24.736.736, actualmente recluido en la Comandancia Policial de esta ciudad de Coro, estado Falcón; contra el auto dictado en fecha 02 de noviembre de 2015, en la audiencia de presentación y publicada in extenso en fecha 08 de noviembre de 2015, por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano antes prenombrado, por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, ROBO DE VEHICULO AUT.....