DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la, República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la, Ley DECRETA: al ciudadano: ANABEL JOSEFINA MARIN QUERALES, quien no presento documentación personal, y dijo ser y llamarse como queda escrito, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.880.162, de Diecinueve (19) años de edad, nacido en fecha 09-03-1989, de estado civil Casada, de profesión u oficio Del Hogar, Hija de Alberto Marín y Ana Querales, natural y residenciada en el Sector Villa del Mar, bajada Las Piedras, Callejón Zamora, Casa Nº 82, de color Amarilla, entrando por los antiguos módulos Policiales, Punto Fijo, Estado Falcón, Medidas Cautelares Sustitutivas De Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256, del Código orgánico Procesal Penal, ordinales 3° presentación cada 15 días, 6° Prohi.....