este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud interpuesta por la ciudadana ABBELANDYS COROMOTO NARANJO LUGO, Titular de la cedula de identidad Nº V-9.585.494, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, aplicados de manera supletoria de conformidad con lo establecido en el artículo 452 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA).
Publíquese, regístrese y Notifíquese a las partes.