Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto, seguido contra el ciudadano Windre Alfredo, venezolano, natural de Punto Fijo, Estado Falcón, nacido el 05-07-83, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.756.682, soltero, domiciliado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Ayacucho entre Uruguay y Chile, Casa 38, de profesión u oficio ayudante de albañil, hijo de Ester de Borregales y Wilfredo Borregales, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318, en concordancia con el Artículo ordinal 8° del Artículo 48 ejusdem, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto 455 en concordancia 456 del Código Penal Venezolano.