este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, de la penadaVERONICA EUFEMIA DEL CARMEN ACOSTA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 20.213.446, venezolana, de 23 años de edad, de profesión Ama de casa y natural de esta Ciudad, residenciada en Calle Iturbe, entre Aurora y Buchivacoa Casa Nº 32-25 diagonal al bar Esperanza, Coro estado Falcón, actualmente recluida en la comunidad penitenciaria de esta ciudad, quien por auto de acumulación de penas de fecha 09 de Marzo de 2015 arrojó una condena de SEIS (06) AÑOS, UN (01) MES y QUINCE (15) DÍAS, la comisión de los delitos de OCULTAC.....