En consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; de conformidad con la Resolución Nro. 2018-0013, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24-10-2018, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: KLIBER RICARDO MONTOYA GONZALEZ, una (1) Vivienda, con una superficie de construcción: CINCUENTA Y SIETE CON ONCE METROS CUADRADOS (57,11〖mts〗^2). Cuya área total de terreno es de CIENTO ONCE CON CERO SEIS METROS CUADRADOS (111,06〖mts〗^2). Las especificaciones de dicho inmueble son las siguientes: paredes de bloque de concreto, paredes con revestimiento de friso acabado liso, cubierta de techo tipo zinc, piso de cemento, puertas metálicas, ventanas de hierro, dicho inmueble está ubicado en la calle San Martin, Parroquia Urumaco, Municipio Urumaco del Estado Falcón,.....