Por todo lo antes expuesto este tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, instruida en contra del ciudadano: RAFAEL ANTONIO COLINA COLINA.. Por la presunta comisión del delito de: ACTO CARNAL, figura esta prevista y sancionada en el articulo 379 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana: DARKIS ELENA VELAZCO. Por Extinción de la Acción Penal por Prescripción de conformidad con los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano; artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código de Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez
Abg. Morela Ferrer
El Secretario
Abg. Liskeila Gutiérrez