Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de la ciudadana MARÍA DE LOS ANGELES CORTEZ MAVAREZ, por la presunta comisión del delito de: INDUCCION AL SOBORNO, previsto y sancionado en el articulo 63 de la Ley Sobre la Corrupción, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se admiten las pruebas por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias todas las pruebas ofrecidas por la representación Fiscal. Se declara extemporáneo el escrito interpuesto por la Defensa Privada. TERCERO: Seguidamente la ciudadana jueza, admitida la a.....