Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Nacional de la Republica y 12, 14, 15, 202, 242, 243, 506, 507, 509 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO DE INMUEBLE ARRENDADO, incoada por el ciudadano GUILLERMO ENRIQUE APONTE VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, abogado, cedula de identidad N° 6.932.269, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.897, en su carácter de apoderado judicial, del ciudadano ISMAEL ANTONIO BRACHO RAMONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.290.032, en contra de la ciudadana CARMEN ESTHER HIGUERA NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.520.138, asistida por el Abg. Regulo Chirinos, inscr.....