DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada en los numerales 2° y 3° del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, interpuesta por la ciudadana Georelys Andreina Chirino Petit, en contra del ciudadano ciudadano Liwi Yinmi Soto. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los referidos ciudadanos, en virtud del abandono voluntario del hogar conyugal del ciudadano Liwi Yinmi Soto, y sus constantes excesos, sevicias e injurias en contra de la ciudadana Georelys Andreina Chirino Petit.
Ahora bien, con respecto al niño XXXXXXXXXX, habido en e.....