Con fundamento en los hechos analizados, las normas legales aplicadas, la doctrina utilizada, los criterios jurisprudenciales enunciados y los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procediendo en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano ÁNGEL RAMÓN VIGELLAS, asistido por el abogado Oswaldo García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 150.615, parte demandada en el juicio principal que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros beneficios laborales tiene incoado el ciudadano RICHARD CORDERO; en contra de la Sentencias de fecha 20 y 27 de mayo de 2011, ambas dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripc.....