JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO Se declara PARCIALMENE CON LUGAR la Demanda que por Desalojo planteara el ciudadano LUIS RAMON MANZANILLA SALGUEIRO en contra del ciudadano ADALBERTO RAMON LANDAETA, ambos suficientemente identificados en autos. SEGUNDO: Se ordena el DESALOJO INMEDIATO del ciudadano ADALBERTO RAMON LANDAETA MEDINA venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 10.709.359, y de todas las personas que se encuentren adheridas a el, del inmueble ubicado en la urbanización Falconía, Manzana "J", Sector Terrazas de Azuay, casa N° 196, jurisdicción del Municipio Los Taques del Estado Falcón, propiedad del ciudadano LUIS RAMON MANZANILLA SALGUEIRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 9.723.783, cuya entrega material deberá efectuar en .....