Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado GARCIA AULAR MARIA EUGENIA, Venezolana, de 27 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 19.058.717, soltera, del hogar, natural de Punto Fijo y residenciado en la calle Democracia casa Nº 45, sector 23 de Enero, hijo de Nélida Josefina Aullar (viva) y Ramón Antonio García (vivo), consistente en CUATRO (04) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS de trabajo y estudio realizados n la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo, en concordancia con lo previsto en los artícul.....