este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente asunto penal, seguido contra de las ciudadanas: XIOMARA GUADALUPE GARCIA ORTIZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.314.320, nacido en fecha 23-4-1973, venezolano, de 35 años edad, Natural del Estado Falcón, Profesión u Oficio estudiante; Domiciliado en Bobare Calle el Sol, con jurado, residencia casa Nº 58, teléfono 0416-0682231,y XIOMARA ANGELICA PEÑA GARCIA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 19.164.209, nacido en fecha 21-2-1989, venezolano, de 20 años edad, Natural del Estado Lara, Profesión u Oficio secretaria; Domiciliado en Bobare Calle el Sol, con jurado, residencia casa Nº 58, teléfono 0414-2460487, por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el Artículo 416 del Código Penal Vigente, con la circunstancia agravant.....