Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial de Coro, con competencia en Delitos de Violencia contra La Mujer, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la precalificación solicitada por la representación del Ministerio Publico, y se impone al ciudadano PABLO JOSE ARCAYA GONZALEZ, por la presunta comisión de los Delitos de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de GLEDYS ANDREINA HERNANDEZ ARCAYA y TRATO CRUEL, previsto en el artículo 254 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la niña D.A.H. (IDENTIDAD OMITIDA), las medidas de protección a favor de la victima, establecidas en la Ley Orgánica Sobre El derecho de las Mujeres a Una Vida A Una Vida Libre de Violencia, en el articul.....