Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Conmutación del resto de pena de presidio que falta por cumplir al penado Efraín Hernández Parra, arriba bien identificado, es decir Un (01) año, Once (11) Meses y Doce (12) días mas la tercera parte de ese total es decir Ocho meses, para un total de Dos (02) años, Siete (07) meses Doce (12) Días en pena de Confinamiento, la cual deberá cumplir el penado en la siguiente dirección: la Urbanización la Isabelica, Calle 03 de Mayo, Casa S/n, Valencia, Estado Carabobo propiedad de la ciudadana Eleonor Hernández, e igualmente queda obligado a:
Primero: Presentarse los primeros días lunes de cada mes ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, prohibiéndosele la salida de los limites territorial.....