Por todos los razonamientos anteriores éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ CON LUGAR La ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBIANARIA solicitada por la Ciudadana LEONOR JOSEFINA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.094.919, domiciliada en ésta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MONICA MORENO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 47.919, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.518.703, por lo que se declara que la accionante era la concubina del de cujus: MARIO FRANCISCO CABRERA CARABITO, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-1.894.821, quien falleció ab-intestato, en fecha 10 de Agost.....