Es por lo que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridada de la Ley: Decreta la Aprehensión Judicial del Ciudadano: ALEIZO RAMÓN GUANIPA AREND, venezolano, mayor de edada, soltero de Oficio obrero, cedulado con el número N°. N° V-07.521.879, con residencia en la Calle Corín, Casa s/n, de la Población de Adícora, Estado Falcón, todo ello de lo preceptuado en el primer aparte del artículo 250 Ejusdem, y así se decide, se Ordena emitir Boleta de Aprehensión del referido imputado, con el respectivo oficio, a todos los Organismos de Investigaciones Penales sean Principales o Auxiliares, a los fines que procedan a darse a la tarea de Aprehensión del referidpo individuo, y una vez aprehendido, sea notificada de la misma por intermedio de oficio la Fiscalía Sexta del Ministerio, Público y sea puesto el imputado a la orden de éste despacho dentro de las Cuarenta y Oc.....